Karyopharm y Menarini Group firman un acuerdo de licencia exclusiva para comercializar NEXPOVIO® (3)
22/12 15:51   Fuente:Europa Press

Este comunicado de prensa contiene declaraciones prospectivas en el sentido de la Ley de Reforma de Litigios sobre Valores Privados de 1995. Dichas declaraciones prospectivas incluyen las relativas a la posibilidad de recibir pagos por hitos y cánones en virtud del acuerdo de licencia con Menarini, el éxito del acuerdo de Karyopharm con Menarini y la capacidad de las partes para trabajar juntas de forma eficaz, el calendario de presentaciones a las autoridades reguladoras, las expectativas y los planes de Karyopharm en relación con XPOVIO para el tratamiento de neoplasias hematológicas o determinados tumores sólidos; el diseño previsto de los ensayos clínicos de la compañía; y el potencial terapéutico y los posibles planes de desarrollo clínico de los fármacos candidatos de Karyopharm, especialmente selinexor. Dichas afirmaciones están sujetas a numerosos e importantes factores, riesgos e incertidumbres, muchos de los cuales escapan al control de Karyopharm, que pueden hacer que los acontecimientos o resultados reales difieran materialmente de las expectativas actuales de Karyopharm. Por ejemplo, no se puede garantizar que ninguno de los candidatos a fármacos de Karyopharm, incluido selinexor, vaya a completar con éxito las fases de desarrollo clínico necesarias o que el desarrollo de cualquiera de los candidatos a fármacos de Karyopharm vaya a continuar. Además, no se puede garantizar que cualquier evolución positiva en el desarrollo o la comercialización de la cartera de candidatos a fármacos de Karyopharm se traduzca en una revalorización del precio de las acciones. Las expectativas de la dirección y, por lo tanto, cualquier declaración prospectiva contenida en este comunicado de prensa, también podrían verse afectadas por los riesgos e incertidumbres relacionados con una serie de otros factores, entre los que se incluyen los siguientes: la capacidad de Karyopharm o Menarini para cumplir plenamente sus respectivas obligaciones en virtud del acuerdo de licencia; el riesgo de que la pandemia de COVID-19 pueda perturbar el negocio de Karyopharm de forma más grave de lo que actualmente prevé, incluyendo el impacto negativo en las ventas de XPOVIO, la interrupción o el retraso de los esfuerzos de investigación y desarrollo, el impacto en la capacidad de obtener un suministro suficiente para el desarrollo y la comercialización de selinexor u otros candidatos a productos, el retraso de los ensayos clínicos en curso o previstos, el impedimento de la ejecución de los planes de negocio, los hitos y los plazos regulatorios previstos, o los inconvenientes para los pacientes; la adopción de XPOVIO en el mercado comercial, los plazos y los costes de la comercialización de XPOVIO o de cualquiera de los fármacos candidatos de Karyopharm que reciban la aprobación reglamentaria; la capacidad de conservar la aprobación reglamentaria de XPOVIO o de cualquiera de los fármacos candidatos de Karyopharm que reciban la aprobación reglamentaria; los resultados de los ensayos clínicos y los estudios preclínicos de Karyopharm, incluidos los análisis posteriores de los datos existentes y los nuevos datos recibidos de los estudios en curso y futuros; el contenido y los plazos de las decisiones tomadas por la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE.UU. y otras autoridades reguladoras, los comités de revisión de investigaciones en los centros de ensayos clínicos y los organismos de revisión de publicaciones, incluso con respecto a la necesidad de realizar estudios clínicos adicionales; la capacidad de Karyopharm o de sus terceros colaboradores o sucesores en interés de cumplir plenamente sus respectivas obligaciones en virtud del acuerdo aplicable y las posibles implicaciones financieras futuras de dicho acuerdo; la capacidad de Karyopharm de obtener y mantener las autorizaciones reglamentarias requeridas y de inscribir a pacientes en sus ensayos clínicos; las necesidades y los gastos imprevistos de efectivo; el desarrollo o la aprobación reglamentaria de candidatos a fármacos por parte de los competidores de Karyopharm para productos o candidatos a productos que Karyopharm está comercializando o desarrollando actualmente; y la capacidad de Karyopharm de obtener, mantener y hacer valer la protección de patentes y otros derechos de propiedad intelectual para cualquiera de sus productos o candidatos a productos. Estos y otros riesgos se describen bajo el epígrafe "Factores de riesgo" en el Informe Trimestral de Karyopharm en el Formulario 10-Q para el trimestre finalizado el 30 de septiembre de 2021, que fue presentado ante la Comisión de Valores y Bolsa (SEC) el 3 de noviembre de 2021, y en otros documentos que Karyopharm pueda presentar ante la SEC en el futuro. Cualquier declaración prospectiva contenida en este comunicado de prensa se refiere únicamente a la fecha del mismo, y, salvo que lo exija la ley, Karyopharm renuncia expresamente a cualquier obligación de actualizar cualquier declaración prospectiva, ya sea como resultado de nueva información, eventos futuros o de otro modo. XPOVIO® y NEXPOVIO® son marcas registradas de Karyopharm Therapeutics Inc. Cualquier otra marca a la que se haga referencia en este comunicado de prensa es propiedad de sus respectivos dueños.

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